Conozca sobre el Proceso para adoptar un niño/a en Ecuador, la gestión de adopciones se pueden realizar a nivel nacional o internacional.
Una garantía constitucional que compromete a todos los actores de la sociedad y cuyo pleno ejercicio requiere considerar distintos factores es el derecho del niño o niña a tener una familia. La prioridad del estado siempre será que la niña o niño se reintegre a su entorno familiar natural, sin embargo cuando esto no es posible, es necesario tener un proceso claro y sólido que permita que la adopción sea el camino que garantice al niño/a su derecho a crecer y desarrollarse en un entorno familiar.
¿Quiénes pueden adoptar?
Pueden adoptar parejas o personas solas, capacitadas, idóneas, sensibles, comprometidas, con una visión de derechos para aceptar el rol de madres y padres adoptivas/os, dispuestos a asumir apropiadamente: la crianza, protección, cariño, educación, salud, buen trato, de sus hijos, contribuyendo con amor a la garantía de derechos. Recuerde que el Ministerio de inclusión económica y social selecciona los mejores padres y madres.
Proceso para adoptar un niño/a en Ecuador
Son muchos niños/niñas que se encuentran en aptitud legal para ser adoptados a nivel nacional; si usted se encuentra interesado en conocer más acerca de este proceso a continuación le detallamos los pasos.
- Debe acercarse con alguna de las Unidades Técnicas de Adopción Zonales, aquí el o los interesados reciben orientación, registran información básica y separan una cita para una entrevista.

- Después se realiza una entrevista preliminar.
- Participan en los círculos de formación de padres adoptivos.
- Así mismo, es necesario presentar una solicitud y los medios de verificación completos (para conocer cuáles son los medios de verificación diríjase al final de esta publicación)
- Acudir a una evaluación psico-social individual o en pareja si es el caso.
- Se realiza el estudio del hogar.
- Declaración de la idoneidad
- Posteriormente se da la asignación del niño, niña o adolescente. El cual puede ser aceptado o no.
- Finalmente, se da un proceso de emparentamiento y se realizan seguimientos durante 2 años después de adoptar.
Requisitos para adoptar un niño/a en Ecuador
- Vivir en Ecuador o en otro estado con el cual Ecuador tenga convenios de adopción.
- Probar que el o los padres son legalmente capaces.
- Estar en el ejercicio de los derechos políticos.
- Tener una diferencia de edad mayor o igual a los 14 años o menor e igual a los 45 años. Esto punto no se aplicará en los casos de adopción entre parientes.
- En caso de que una pareja vaya a adoptar debe ser heterosexual y estar unida por más de 3 años en matrimonio o unión de hecho.
- Gozar de una buena salud física y mental.
- Tener los recursos económicos adecuados para que puedan satisfacer necesidades básicas del adoptado.
- No tener antecedentes penales.
Medios de verificación para adopción
- Solicitud de Adopción con foto tamaño carnet en el formato establecido.
- Copia de cédula de ciudadanía o pasaporte de los cónyuges solicitantes (en caso de extranjeros).
- Copias del Certificado de Votación de los cónyuges solicitantes.
- Partidas Integras de Nacimiento de la persona o cónyuges solicitantes.
- Original de la partida de matrimonio si se trata de cónyuges.
- Declaración juramentada notariada de la Unión de Hecho si fuera el caso.
- Sentencia de divorcio inscrita, si el vínculo matrimonial se hubiera disuelto, si fuera el caso.
- Certificados de Trabajo o Ingresos Económicos, o garantía económica notariada de cada solicitante si fuera el caso.
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de gozar de buena salud física, otorgado por un Centro de Salud Pública donde consta el diagnóstico del estado de salud y pronóstico de vida si tiene alguna situación de salud de consideración. (Adjuntar resultados de exámenes: Biometría Hemática, Emo Elemental, Coproparasitario, Radiografía de Tórax (solo el diagnóstico) y otros exámenes que el médico considere de ser el caso.
- Certificado de Aprobación del Círculo de Capacitación de los Solicitantes.
- Fotografías actualizadas de su entorno familiar y social (pareja, familia biológica, domicilio, sala, comedor, dormitorios, exteriores de la casa, mascotas, etc.)
- Declaración juramentada notariada donde consta: que en los cinco días posteriores al emparentamiento positivo y el egreso de la niña, niño o adolescente con la familia presente la demanda judicial de adopción; de no encontrarse inmersos en ningún impedimento legal establecido en el Código de la Niñez y Adolescencia; y, el compromiso de los solicitantes a colaborar con el proceso de seguimiento post-adoptivo durante dos años posteriores a la adopción.
Gestión de adopciones nacionales para solicitantes

FUENTE:
Ministerio de inclusión económica y social
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