El Ministerio de Inclusión Económica y Social publicó la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas para este grupo poblacional. Los hijos, y hasta los nietos, cubrirán los valores, esto como un derecho de protección económica destinado a quienes carecen de medios y recursos para su subsistencia y de aquellas que, por su condición física o mental, no pueden subsistir por sus propios medios.
El objetivo de la tabla se basa en la responsabilidad compartida por el cuidado y protección de la persona adulta mayor. Los hijos e hijas, hasta nietos, son quienes, en primera instancia, deben dar cobertura a la pensión alimentaria.
Adultos mayores recibirán pensiones alimenticias
El pago de las pensiones, se calculará con base en los ingresos de los familiares de los adultos mayores y esto iniciará a partir del 22 de diciembre de 2021; donde las personas de la tercera edad podrán demandar a sus hijos o nietos para recibir una pensión alimenticia.
La presentación de la tabla se realizó el 22 de diciembre, en Quito, sin embargo esta disposición de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, fue expedida hace más de dos años (9 de mayo de 2019).
Quiénes deberán dar la pensión alimenticia y cuál será el monto
De acuerdo al anuncio que realizó el MIES en primera instancia, deberán realizar el pago de la pensión alimenticia a los adultos mayores los hijos y hasta los nietos. El derecho se amplía al cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, si el juez considera aplicar una medida de protección.
Los jueces de la familia, niñez y adolescencia serán los encargados de establecer el monto de la pensión de alimentos mínima que puede solicitar el demandante.
El valor se calculará tomando en cuenta el salario básico unificado (SBU), fijado por el Ministerio de Trabajo, la inflación anual acumulada y acorde a los indicadores económicos determinados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).
Tabla de pensión alimenticia para adultos mayores
La tabla entra en vigencia a partir de un Acuerdo Ministerial emitido por esta cartera de Estado y está compuesta por 6 niveles, que determina el porcentaje que deberán pagar los alimentantes de acuerdo a sus ingresos y al número de personas adultas mayores, estos niveles van desde los USD 0 hasta los USD 399 para el primer nivel, y desde USD 1.224.01 en adelante para el sexto nivel.
Los porcentajes de la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas de las personas adultas mayores se actualizarán partir de enero de 2022, una vez que entre en vigencia el nuevo Salario Básico Unificado de USD 425.

Si el alimentante gana $ 830 tendría que pagar a la persona adulta mayor una pensión de $ 242,86 (29,26 % del ingreso). Adicionalmente, se pagará $ 51.40 (12,85 % del SBU) si el beneficiario posee una discapacidad muy grave; si la discapacidad es catalogada como grave, el monto será de $ 40.56 (10,14 % del SBU); y $ 35.32 (8,83 % del SBU) si es moderada.
¿Cómo solicitar la pensión de alimentos para adultos mayores?
Esteban Bernal quién es el titular del MIES informó que en los próximos días se firmará un convenio con varias universidades, para que en cada región del país exista un consultorio gratuito al que puedan acudir el buen ciudadano con el adulto mayor a pedir que se exija a sus familiares que le den cobertura.
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