Recargos por pagos con tarjetas de crédito o débito no están autorizados

Los Recargos por pagos con tarjetas de crédito o débito no están autorizados de acuerdo a lo que indica la Defensoría del Pueblo.

Es común escuchar que en algunos negocios se paga un recargo cuándo el cliente realiza su pago del producto; sin embargo en reunión con la Superintendencia de Bancos, la Junta Monetaria y otras entidades se definieron acciones para frenar el cobro de valores adicionales.

Recargos por pagos con tarjetas de crédito o débito no están autorizados

La Defensoría del Pueblo emitió un comunicado este jueves 7 de abril de 2022 donde aseguran que ninguna norma legal autoriza el recargo cuando se paga con tarjeta de crédito o débito. En el encuentro se trataron las denuncias que ha recibido la Defensoría por parte de varios consumidores, quienes han reportado una diferenciación de precios en pagos al contado y con tarjetas de crédito.

Recargos por pagos con tarjetas de crédito o débito no están autorizados
Recargos por pagos con tarjetas de crédito o débito no están autorizados

Tras las quejas realizadas por varios usuarios en redes sociales sobre el cobro de recargos por pagar con tarjeta de crédito, lo cual encarece el precio de los bienes o servicios que adquieren. La Defensoría del Pueblo informó que el delegado provincial del Guayas, Freddy Viejó, mantuvo una reunión para analizar el tema con representantes de la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, Superintendencia de Bancos, Gobernación del Guayas y el Banco Central del Ecuador (BCE).

La institución dio a conocer que en la reunión se concluyeron nueve puntos que exponen la situación legal que rige en estas circunstancias, así como las acciones que se emprenderán:

  1. Se ratifica que ninguna norma legal autoriza el recargo cuando se paga con tarjeta de crédito o débito.
  2. Los clientes deben presentar las denuncias en las instituciones financieras emisoras de la tarjeta o en la Superintendencia de Bancos. La Defensoría trasladará a esas entidades los casos que reciba.
  3. En los contratos suscritos entre la entidad emisora y el establecimiento comercial consta una cláusula expresa que prohíbe el traslado al usuario final de los valores que debe pagar el establecimiento al emisor; si se viola esta cláusula, se dejan sin efecto tales contratos y se comunica a la Superintendencia de Bancos para que notifique a todas las instituciones del sistema financiero y el establecimiento no podrá operar con tarjetas.
  4. Se realizarán campañas comunicacionales, a fin de que la ciudadanía conozca sus derechos y para que los establecimientos exhiban en un sitio visible la prohibición de recargas adicionales por pagos con tarjetas de crédito.
  5. Que la comisión que debe pagar el establecimiento, no el usuario, es del 4 % por tarjeta de crédito y el 2 % por tarjeta de débito.
  6. Se realizarán recorridos y controles para verificar que los negocios acaten la ley. Los casos de locales que no respeten la norma serán puestos en conocimiento de la Fiscalía.
  7. Los usuarios pueden denunciar el cobro de recargos por violar el artículo 50 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
  8. Se exhortará a las cámaras empresariales para que hagan conocer a sus agremiados la prohibición de recargo por tarjeta de crédito.
  9. Se convocará a los gerentes de las instituciones financieras y defensores al cliente para analizar estrategias y canales que permitan atender los reclamos y proteger a los consumidores.

De acuerdo a la Defensoría del Pueblo se velará por los derechos de la ciudadanía, que estos sean respetados, al mismo tiempo que se encuentran vigilantes al cumplimiento de la Ley.

IMPORTANTE: Freddy Viejó, delegado provincial del Guayas de la Institución Nacional de Derechos Humanos y los representantes de la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, Superintendencia de Bancos, Gobernación y Banco Central resolvieron que los establecimientos comerciales que apliquen una diferencia en sus precios al no pagar en efectivo podrán ser denunciados

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