Disposiciones del MINEDUC sobre el regreso a clases presenciales

En esta publicación conozca cuáles son las Disposiciones del MINEDUC sobre el regreso a clases presenciales. El inicio de las clases en las instituciones educativas del Ecuador se aproximan y los padres de familias deben conocer cuáles son los reglamentos que deben cumplirse en cada uno de los establecimientos a nivel del país.

Se prevé que a partir del 22 de noviembre las instituciones educativas reciban a los estudiantes en la modalidad 100% presencial, siendo estos los alumnos de bachillerato técnico y rural del país.

Los estudiantes de octavo, noveno y décimo de Básica, además de los de Bachillerato General deberán acudir a los planteles desde el 6 de Diciembre. El 17 de enero del 2022 deben acudir los alumnos de primero a séptimo de Básica.

Disposiciones del MINEDUC sobre el regreso a clases presenciales

Dentro de las disposiciones del Ministerio de Educación sobre el regreso a clases presenciales se establece la prohibición de uniformes, el transporte escolar con un limite de aforo del 75%, estrictas normas para el funcionamiento de bares y comedores escolares, no apertura de instituciones en mal estado, cambio de institución para recibir clases virtuales, alumnos vulnerables tienen justificación, excepciones para docentes y trabajadores.

Prohibición de uniformes

Todas las instituciones educativas a nivel nacional, sean estas entidades fiscales, particulares, fiscomisionales y municipales; tienen prohibido solicitar a los padres de familia uniformes para el retorno de sus hijos a las aulas.

Transporte escolar con un limite de aforo del 75%

Para aquellas instituciones que cuentan con este servicio de transporte escolar el aforo permitido por el COE Nacional es del 75%. En las unidades se deberá vigilar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad como el uso permanente y correcto de mascarilla y el distanciamiento social.

Estrictas normas para el funcionamiento de bares y comedores escolares

El Ministerio de Educación emitió un protocolo de bioseguridad para el manejo de bares escolares y comedores dentro de las instituciones, el cuál debe ser respetado por las personas que atienden en ellos. Entre las disposiciones para la atención de los bares y comedores escolares se encuentra que el personal debe contar con el esquema completo de vacunación, además de que no podrá usar reloj, anillos, aretes, pulseras, entre otros objetos. Deberá mantener las uñas limpias, cortas y sin esmalte. Y el uso del celular durante la manipulación de alimentos está restringido.

En las instituciones que no abran sus bares escolares, los padres de familia deben enviar la colación a los alumnos e indicarles que no deben compartirla con sus compañeros y mantener la distancia al servirse los alimentos.

No apertura de instituciones en mal estado

Los estudiantes de instituciones educativas que no cuenten con las condiciones mínimas de infraestructuras para el regreso a clases presenciales, serán reubicados en otro establecimiento; hasta que se realicen las adecuaciones correspondientes al plantel que se encuentre en mal estado.

Cambio de institución para recibir clases virtuales

Los planteles que estaban ofreciendo clases virtuales únicamente por la emergencia sanitaria ya no tendrán autorización para continuar en esa modalidad y deben retomar la que es 100% presencial.

Por ello, las familias que prefieran no enviar a clases a sus hijos deben buscar la modalidad a distancia, en una institución educativa que la oferte. En el caso del sistema fiscal, en el país hay dos instituciones que ofrecen educación a distancia. No hay oferta semipresencial. Y las instituciones particulares pueden solicitar la ampliación de su oferta.

Alumnos vulnerables tienen justificación

Los estudiantes vulnerables o que tengan condiciones de salud que puedan ser agravantes frente al covid-19 -y que por esa condición no puedan acogerse a la presencialidad, pese a que deseen retornar a esta- podrán llegar a acuerdos con la institución educativa para que el estudiante, por excepción, se mantenga en actividades bajo la modalidad virtual.

Excepciones para docentes y trabajadores

  • Las mujeres embarazadas se mantendrán en la modalidad de teletrabajo si no han recibido la vacuna contra el covid-19.
  • Las mujeres en período de lactancia volverán a la presencialidad con reducción de la jornada laboral de acuerdo con lo que determina la ley.
  • El personal con discapacidad menor al 75% deberá retornar de manera presencial a los 14 días de completar el esquema de vacunación.
  • Y los trabajadores con otras condiciones agravantes frente al covid-19 deberán presentar certificados médicos actualizados por parte de un especialista y contar con la validación del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

FUENTE:

DIARIO EL COMERCIO

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